DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL

 

Entre las novedades fiscales introducidas por el actual gobierno, se recupera la deducción por inversión en vivienda habitual con carácter retroactivo, quedando así suprimida la limitación que establecía que para beneficiarse de esta deducción era imprescindible que la base imponible del contribuyente fuese inferior a 24.107,20 Euros.

 

» Actualmente, con independencia de la base imponible de cada contribuyente, con carácter general se podrán deducir un 15% de las cantidades pagadas en el año impositivo (incluye las cuotas de la hipoteca, tanto el capital amortizado como los intereses) por adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuente. Lo anterior, con un límite de 9.040 Euros, lo que supone un importe máximo de 1.356 Euros anuales.

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